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Resolución del Tribunal Fiscal N° 08221-9-2022

Mediante Resolución del Tribunal Fiscal N° 08221-9-2022, publicada el 22 de noviembre de 2022 en el Diario Oficial El Peruano, se ha emitido jurisprudencia de observancia obligatoria referente al procedimiento de redondeo de determinación de la Tasa de Interés Moratoria diaria y acumulada. En este sentido, el criterio es el siguiente:

“A efectos de aplicar el procedimiento de redondeo en la determinación de la TIM diaria, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia N° 025-2000/SUNAT, se considerará cinco (5) decimales de la TIM diaria expresada en porcentaje. De la misma manera, a efectos de aplicar el procedimiento de redondeo en la determinación de la TIM acumulada, conforme con lo previsto en el inciso e) del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia No 025-2000/SUNAT, se considerará tres (3) decimales de la TIM acumulada expresada en porcentaje”.