La Resolución del Tribunal Fiscal N° 07682 -7-2022, publicada el 12 de noviembre de 2022 en el diario “El Peruano”, establece el siguiente criterio sobre las apelaciones fuera de plazo:
La apelación contra la resolución emitida respecto de una solicitud no contenciosa, será admitida vencido el plazo de (15) días hábiles previsto en el artículo 146 del Código Tributario, siempre que se hubiera formulado dentro del plazo de 6 meses que dicha norma establece, toda vez que no existe monto a pagar.
Para ver la Resolución del Tribunal Fiscal completa descargar aquí: RTF N°07682-7-2022